El Gobierno de San Juan, a través de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, trabaja desde hace más de diez años en mejorar la gestión de pilas y baterías. Los trabajos comenzaron una vez detectado el problema que generaba desechar estos residuos, unto a residuos comunes.
Así comenzó la “Campaña de Recolección de Pilas y Baterías en Desuso” en el Gran San Juan y poco a poco se fue ampliando hasta llegar a todos los departamentos de la provincia. Esta campaña aún se encuentra en funcionamiento, con un total de más de 700 contenedores, sumados a contenedores clasificadores y los dos Puntos Verde.
En junio del 2020, a través de la Subsecretaría de Residuos Sólidos Urbanos, se lanzó la “Campaña de Recolección de RAEE (Residuos de Aparatos Electrónicos y Eléctricos)”, mediante la cual la Secretaría de Ambiente instaló dos Puntos Verde, uno en el estacionamiento del Hiper Libertad y otro itinerante, que junto a la Municipalidad de la Capital recorre todo el departamento.
A estas campañas se suman dos leyes de gran importancia para la provincia, como son las leyes 2169-L y 1171-L en las que se regula la gestión de pilas y baterías en desuso y de RAEE.
La Ley 1171-L brinda un marco general para la gestión de equipos informáticos fuera de uso y residuos de artefactos o equipos eléctricos y electrónicos. Dicha ley contempla la implementación de un sistema de trazabilidad de los artefactos eléctricos y electrónicos con el objeto de asegurar su disposición final y reducir su impacto en el ambiente, además de promover la valorización de los equipos informáticos en desuso y reducir la generación de RAEE.
Para el cumplimiento de sus objetivos establece la creación del Programa de Gestión Integral de Equipos Informáticos Fuera de Uso y Residuos de Artefactos o Equipos Eléctricos y Electrónicos para grandes usuarios y consumidores, comprendidos dentro del presente programa la recolección, tratamiento, descontaminación y eventual disposición final de los residuos. Entre estos residuos se encuentran los grandes y pequeños electrodomésticos; equipos de informática y telecomunicaciones; aparatos electrónicos de consumo; aparatos de iluminación; herramientas eléctricas; juguetes y equipos deportivos o de esparcimiento, aparatos de uso médico (excepto todos los productos implantados e infectados); instrumentos de vigilancia y control; máquinas expendedoras.
El incumplimiento de las disposiciones de la presente Ley, será sancionado, en forma acumulativa, con Apercibimientos; Multa desde 500 JUS (quinientos) hasta 3000 JUS (tres mil) y clausura de las instalaciones, según corresponda y atendiendo a las circunstancias del caso, debiéndose efectuar las denuncias que pudieren corresponder.
Así mismo, la Ley Nº 2169-L sancionada en diciembre del 2020, establece la creación de un Régimen de Gestión de Pilas y Baterías, cuyo objetivo es garantizar y regular la gestión ambiental de pilas y baterías fuera de uso, generadas por cualquier ente, ya sea público, privado, gubernamental o no gubernamental, personas humanas y jurídicas.
Para la concreción de estos objetivos, se contempló la creación de un Plan de Gestión en el que se da prioridad a las operaciones de transformación necesarias para su reutilización y reciclaje, o incluso su eventual uso como combustibles alternativos.
Dentro del Plan se debe contemplar además las tareas de recolección, tratamiento, descontaminación y la disposición final de las pilas y baterías, a saber: Pilas Primarias Comunes Recargables y No Recargables Tipo AA, AAA, AAAA, C, D, N, Prismáticas 9V y Pilas Formato Botón; Pilas Secundarias: Baterías Recargables de Níquel, Cadmio, Ion y/o Litio aptas para equipamiento eléctrico y electrónico sencillo; específicamente para teléfonos celulares, computadoras portátiles y cámaras fotográficas.
Esta Ley, también contempla la creación de un Registro de Centros de Acopio Transitorios (CAPS) de pilas y baterías, que funcionará en el ámbito de la Autoridad de Aplicación (Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable), según las disposiciones que se establezcan por vía reglamentaria.
La ley también establece un Régimen de Sanciones que será aplicado en caso de que los responsables de un contenedor asignado entreguen su contenido a un operador no habilitado por la autoridad de aplicación, pudiendo ocasionar perjuicios por el manejo inadecuado.
Planta Recicladora de Pilas y RAEE
Como corolario de los avances alcanzados en materia legislativa y en campañas de concientización y recolección, la Secretaría de Ambiente se encuentra en etapa de construcción de la Planta Recicladora de Pilas y RAEE (Residuos de Aparatos Electrónicos y Eléctricos, que se emplazará en el PITAR (Parque Industrial Tecnológico Ambiental Regional).
Esta Planta estará formada por el Galpón destinado a RAEE, tendrá una superficie de 965 metros cuadrados, y el Galpón de Pilas y Baterías de 272 m2 (ala este), la Planta contará además con servicios de agua potable, agua industrial, energía eléctrica y gas.
La planta recicladora tendrá una capacidad de procesamiento diario de 200 kilos de residuos, cuyo objetivo inicial será el tratamiento de pilas alcalinas. En la planta el proceso de reciclaje se desarrolla en un doble proceso, la separación físico-mecánica en la que se realiza la clasificación y desguace; y la separación química que se desarrolla mediante soluciones ácidas. Con el proceso de reciclaje será posible recuperar el 100% de metales pesados como zinc o hierro, que tendrán como destino (es decir, podrán ser vendidos) industrias y obras públicas.
También será posible procesar unos 4 mil kilos de RAEE de forma mensual, es decir se trabajará con equipos de información y telecomunicaciones en una primera etapa, equipos de audio y video en la segunda y finalmente se logrará la incorporación de aparatos de limpieza y cocina.
Fuente: https://sisanjuan.gob.ar/ambiente-y-desarrollo-sustentable/2021-03-30/30810-san-juan-avanza-en-la-gestion-de-pilas-baterias-y-raee-en-desuso